La sala penal rechazó la solicitud de extradición del gobierno de Alemania.
Decisión: Declara improcedente la solicitud formal de extradición presentada por el Gobierno de la República Federal de Alemania, en contra del ciudadano BERNHARD HEIDBREDER, en virtud que no se cumple con el requisito de la doble incriminación con respecto al delito de Constitución de Organizaciones Terroristas, ya que los hechos ocurrieron en el año 1995 y para esa fecha la legislación venezolana no contemplaba el delito de terrorismo. Asimismo, los delitos de Incendio y Conspiración para Provocar una Explosión se encuentran evidentemente prescritos; y acuerda notificar a la autoridad competente en materia de extranjería y migración, a los fines de que determine la procedencia o no del inicio del procedimiento administrativo correspondiente que hubiere lugar y en consecuencia, ordena poner al ciudadano BERNHARD HEIDBREDER, a la orden del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, en calidad de detenido, por ser ese el órgano administrativo competente para determinar la condición y situación del referido ciudadano en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela.